Colegio

El Colegio de Médicos de Melilla es una Corporación de Derecho Público, que asocia y representa a los médicos de Melilla para velar por el buen ejercicio de la profesión, asesorara a los Poderes Públicos sobre los temas de su competencia y defender los derechos profesionales de los Médicos. Esta regulada por la Ley 2/1974 de 13/2/74 de Colegios Profesionales y restos de disposiciones legales que le sean de aplicación. Tiene personalidad jurídica propia, independiente de la Administración y plena capacidad para cumplir sus fines.

A lo largo de la historia son muchas las calles que se han nominado en honor de los médicos de esta ciudad, entre ellas podemos destacar las impulsadas por este colegio como la de los Dres. D. Juan Ríos. D. Justo Sancho-Miñano, D. Luís Morandeira, D. Agustín Herrera y D. Antonio Calduch.

Cronología

2 Abril, 1925

Sanidad aprobó los Estatutos en el que se perfeccionaron la estructura, funcionamiento y competencia de los organismos representativos de la clase médica española.

Mayo, 1925

Como consecuencia, El Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Melilla constituyó su primer Presidente D. Máximo Cajal y contó con la colaboración de los colegiados D. Salvador Jiménez Alcoba, D. José Linares Vivar, D. Fernando Moreno Sevilla y D. Miguel Gómez Morales.

La sede estaba ubicada en un segundo piso de la Plaza Méndez Pelayo, nº 2  que en la actualidad mantiene el colegio como Centro de Reconocimientos Médicos.

27 Enero, 1930

En Un R.D. se aprueban los nuevos Estatutos de los Colegios de médicos en los que se les da vida al Consejo General de Colegios de Médicos.

18 Enero - Diciembre, 1940

Las hasta entonces Juntas Directivas de los Colegios pasaron a llamarse según las directrices de la Ley General de Sanidad Consejos Provinciales . Los Consejos Provinciales contaban con cinco o siete miembros y sus funciones quedaba a cargo de una Comisión Permanente constituida por el Presidente y Secretario Gral.

Los miembros eran nombrados por el Gobierno General del Estado  de entre los nombres que proponía el Consejo Gral. de Colegios Médicos previo informe del Consejo Nacional de Sanidad , de la Jefatura Superior de Sanidad  y de Falange Española Tradicionalista de la JONS.

19 Mayo, 1980

Así ha ido transcurriendo el tiempo hasta llegar hasta los nuevos Estatutos de la OMC R.D. 1018/1980 de 19 de mayo.

2000

Se celebró en nuestra ciudad una Asamblea de Presidentes de todos los Colegios de Médicos con motivo de nuestro 75 aniversario.

2003

A la sede actual sita en Paseo Marítimo Rafael Ginel, 10 bajo  nos trasladamos en el año 2003 ofreciendo nuevos servicios y unas instalaciones más adecuadas a nuestros colegiados.

Bolsa de trabajo

Junta directiva

  • Presidente: Justo Sancho-Miñano Belmonte

 

  • Secretario: César Feliu Serrano

 

  • Tesorero: Ahmed Boubnane El Outmani

 

  • Vicepresidenta: Emma Navarro Guerrero

 

  • Vicesecretario: Jesús Romero Imbroda

¿Cómo colegiarse?

  1. Persona que se colegian por primera vez
    • Original del título o resguardo.
    • Original del DNI.
    • Una fotografía tamaño carnet (color).
    • Cuenta bancaria: nombre del banco, dirección y c/c.
    • Abonar la cuota de entrada: 150€.
    • Certificado de baja del colegio del que proceda.
    • Título de especialista (original).
  2. Personas que se colegian por primera vez como médico en desempleo

    Además de los requisitos anteriores:

    • Tarjeta INEM original.
    • Certificado de  no estar dado de alta en el I.A.E.
    • Certificado de baja del Colegio de Médicos de procedencia, para aquellos colegiados que vengan de otra provincia.
  3. Reingreso
    • Una fotografía tamaño carnet (color).
    • Fotocopia del DNI.
    • Cuenta bancaria: nombre del banco, dirección y c/c.
    • Títulos originales, si no estuviesen registrados.
    • Abonar 150€ o 60€ siempre que el tiempo transcurrido entre la baja y el alta sea inferior a dos meses.
  4. Colegiados que solicitan la baja
    • Estar al corriente de la obligación económica con el Colegio.
    • Devolución del carnet de colegiado.
    • Darse de baja, si procede, en el I.A.E.
  5. Renovación del carnet
    • Una fotografía tamaño carnet (color).
    • Una vez realizada la gestión, se enviará el carnet por correo.
  6. Requisitos para la colegiación de extranjeros no pertenecientes a la C.E.E.
    • Original del título de licencia y homologación correspondiente por el Ministerio de Educación en España.
    • Original del pasaporte y tarjeta de permiso de trabajo y residencia.
    • Certificación expedido por organismo oficial y legalizado por vía diplomática de no estas inhabilitado para el ejercicio de la medicina (original y traducción al castellano). Validez 3 meses.
    • Una fotografía tamaño carnet (color).
    • Cuenta bancaria: nombre del banco, dirección y c/c.
    • Abonar la cuota de entrada: 150€.
    • Certificado de baja del colegio de donde proceda si hubiera estado colegiado con anterioridad en otra provincia.
    • Título de especialista (original) y Homologado por el Ministerio de Educación en España.
    • Declaración Jurada.
  7. Requisitos para la colegiación de extranjeros pertenecientes a la C.E.E.
    • Original del título de licencia y convalidación correspondiente por el Ministerio de Educación en España.
    • Original del pasaporte y tarjeta de residente en la C.E.E.
    • Una fotografía tamaño carnet (color).
    • Cuenta Bancaria: nombre del banco, dirección y c/c.
    • Abonar la cuota de entrada: 150€ (25.000ptas).
    • Certificado de baja del colegio de donde proceda si hubiera estado colegiado con anterioridad en otra provincia.
    • Título de especialista (original) y homologado por el Ministerio de Educación en España.
    • Declaración Jurada.
    • Certificado expedido por organismo oficial y legalizado por vía diplomática de no estar ni haber estado inhabilitado para el ejercicio de la medicina (origina y traducción al castellano) Validez 3 meses.

Carnet Colegial Electrónico

¿Cómo instalar y usar la firma electrónica del Colegio?

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  1. Instalación del certificado y la firma.
  2. Instrucciones para firmar correo electrónico.
  3. Instrucciones para firmar los documentos de Word©.
  4. Instrucciones para firmar documentos PDF.

¿Qué hacer en caso de pérdida, robo o errores de funcionamiento?

  1.  En caso de robo o pérdida: póngase inmediatamente en contacto con el Colegio y denuncie la pérdida o robo de su carné. El Colegio revocará su certificado y le proporcionará un nuevo carné con un nuevo certificado.
  2.  En caso de necesitar soporte técnico: si tiene problemas con la instalación o uso de su firma, puede ponerse en contacto con el Colegio de Médicos de Melilla en el teléfono 952 695 865, o en el email info@commelilla.es, o con la línea de atención al Colegiado de la OMC a través del teléfono: 902 365 121.

¿Qué software es necesario?

  1.  Software para la instalación del certificado: instalar software de SaveSign [Descargar aquí]. Se abrirá una ventana en la que tiene que responder EJECUTAR e instalará el programa.
  2.  Software para abrir documentos PDF: si tiene problemas para abrir los documentos PDF de este CD, puede acceder a la página Web de Adobe© e instalar la última versión de Adobe Acrobat Reader©.

¿Qué es la firma electrónica?

La firma electrónica es un conjunto de datos electrónicos que acompañan o que están asociados a un documento electrónico.

  • Identificar al firmante de manera inequívoca
  • Asegurar la integridad del documento firmado. Asegura que el documento firmado es exactamente el mismo que el original y que no ha sufrido alteración o manipulación
  • Asegurar el no repudio del documento firmado. Los datos que utiliza el firmante para realizar la firma son únicos y exclusivos y, por tanto, posteriormente, no puede decir que no ha firmado el documento

[Ver documentación]

PAIME

  1. ¿Quién es el médico enfermo?

    Los médicos, al igual que el resto de la población, padecen enfermedades que deben ser diagnosticadas y tratadas. Se estima que entre un 10 y un 12% de los médicos en ejercicio pueden sufrir a lo largo de su vida profesional un trastorno mental o una adicción al alcohol o a otras drogas.

    Cuando un médico corre el riesgo de enfermar por estas causas, o bien ya lo está sufriendo, puede incurrir en su práctica profesional en errores y negligencias con mucha facilidad. Además, las repercusiones de estas enfermedades también inciden muy negativamente en el ambiente familiar y en las relaciones con sus colegas y con el entorno laboral.

    Muchos médicos enfermos no son conscientes de sus problemas y se resisten a recibir apoyo o ayuda. Otros médicos enfermos, conscientes de sus problemas, hacen grandes esfuerzos para limitar sus deficiencias. En ambas situaciones, si el médico sigue ejerciendo sin recurrir a la asistencia de un profesional especialista, normalmente sólo es cuestión de tiempo que empiecen a surgir serios problemas.

    La experiencia de los colegios de médicos demuestra que una intervención a tiempo
    puede facilitar que el médico siga ejerciendo mientras recibe tratamiento.

  2. El papel de los colegios de médicos

    El Colegio de Médicos de Melilla es consciente de esta problemática y quiere garantizar a la población un ejercicio de la medicina lo más correcto posible. Por ello, ha puesto en marcha el “Programa de Atención Integral al Médico Enfermo” (PAIME), a semejanza del existente en Cataluña o en el Colegio de Médicos de Córdoba. Es, por lo tanto, un programa creado por médicos y dirigido específicamente a los médicos enfermos de Melilla.

    Estos programas son habituales en muchos estados de Estados Unidos de América, Canadá, Australia y Nueva Zelanda. Las experiencias en estos países han puesto de manifiesto que este tipo de programas dedicados a médicos obtienen mejores resultados que los destinados a la población general, tanto por lo que respecta al número de abandonos (hay más adherencia a los tratamientos), como a un porcentaje más alto de rehabilitación.

    El PAIME es un Programa de Atención Integral para Médicos Enfermos gestionado por el Colegio Oficial de Médicos de Melilla que ofrece:

    – Atención médica.
    – Asesoría laboral y jurídica.

    Con las siguientes premisas:

    – Confidencialidad absoluta.
    – Servicios específicos.
    – Asistencia médica especializada.

    El Colegio Oficial de Médicos de España dispone de una unidad clínica de Internamiento para aquellos procesos que lo necesiten.

  3. ¿Qué sucede cuando el Colegio tiene conocimiento de un médico enfermo?

    Al Colegio de Médicos puede llegar información de la existencia de un médico enfermo de las formas siguientes:

    – Por petición voluntaria del médico enfermo.
    – Por información confidencial de familiares, colegas o superiores jerárquicos.
    – Por queja, reclamación o denuncia formal.

    En los casos de petición voluntaria de tratamiento o que no haya ninguna reclamación de nadie, el médico puede acceder directamente al programa de tratamiento con la máxima confidencialidad. En los casos en que existe un procedimiento colegial motivado por una queja, los colegios deberán discernir si se trata de un posible caso para el PAIME o si es un problema más bien disciplinario, laboral o de práctica médica incorrecta.

    En los casos dudosos, el médico psiquiatra del PAIME emitirá un dictamen psiquiátrico que incluya:

    – Confirmación o no de un diagnóstico de trastorno mental o adictivo.
    – Valoración de la capacidad funcional del médico y en función de su lugar de
    trabajo.
    – Evaluación de las posibles estrategias terapéuticas que hay que seguir.
    Antes de acceder al tratamiento del PAIME, el médico enfermo firmará un contrato
    terapéutico donde se comprometerá a:
    – Seguir el tratamiento que se le indique.
    – Someterse a los controles analíticos que se determinen.
    – Obedecer las limitaciones de la práctica profesional que se le imponen, si
    existieran.

    En el caso de que el médico enfermo estuviera en tratamiento con otro médico especialista competente, que no pertenezca a la unidad clínica del PAIME o desee hacerlo en el futuro, este otro especialista deberá cooperar con la unidad clínica del programa para emitir los informes correspondientes para el colegio respectivo.

  4. Derechos y deberes

    Los problemas causados por enfermedades de este tipo raramente se resuelven sin intervención médica. Los médicos enfermos que pretenden resolverlos individual y particularmente son de alto riesgo para la salud de sus pacientes, pueden desprestigiar al colectivo de profesionales y corren un riesgo personal muy elevado.

    De acuerdo con el Código de Deontología, cuando un médico sabe que un colega está sufriendo algún problema mental o de adicción al alcohol o a otras drogas, está éticamente obligado a ponerlo en conocimiento del Colegio de Médicos y a advertir al médico que necesita ayuda profesional. Encubrir o ignorar al colega enfermo, a la larga, no beneficia a nadie.

    La Comisión de Ayuda al Médico Enfermo vela porque el PAIME actúe en todo momento conforme a las Normas de Deontología de la OMC, como garantía de los derechos y deberes de los colegiados de la medicina.

  5. ¡Llama y te ayudaremos!

    Si tienes este problema o conoces a alguien que lo padezca, el silencio no lo resolverá.

    Dr. José Enrique Escudero Ruiz de Lacanal – 625 93 14 36
    Dra. Amelia Silva – 608 64 03 41

Convenios de colaboración